VÍA EXPERIENCIA
A través de los procedimientos para la
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través
de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Procedimiento de Evaluación y Acreditación
de las Competencias profesionales (PEAC)
Es un conjunto de actuaciones dirigidas a
evaluar y reconocer las competencias adquiridas a través de la experiencia
laboral o de vías no formales de formación.
El procedimiento lo lleva a cabo la Agencia
de las Cualificaciones Profesionales de cada Comunidad Autónoma a través de
convocatoria publicada en el Boletín Oficial de las mismas en las cuales se
indicará el plazo de inscripción, el modo de realizarla, los requisitos de los
candidatos, la documentación que se debe presentar y las tasas a abonar.
Requisitos de participación
a) Poseer la nacionalidad española, haber
obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de
familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una
autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en
los términos establecidos en la normativa española de extranjería e
inmigración.
b) Tener cumplidos en el momento de realizar
la solicitud 18 años, cuando se trate de unidades de competencia
correspondientes a cualificaciones profesionales de nivel I y 20 años para los
niveles II y III.
c) Tener experiencia laboral y/o formación
relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un
mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años
transcurridos antes de realizarse la convocatoria.
En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años
transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos en los que
los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se
pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar
las horas establecidas en dichos módulos.
Inscripción y documentación
La inscripción debe realizarse dentro del
plazo que establece la convocatoria correspondiente. Se realiza a través de la
página web de la Agencia de las cualificaciones de cada comunidad.
Deberá presentarse la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del DNI en vigor, o en su caso,
pasaporte o NIE en vigor, y certificado de registro de ciudadano comunitario o
la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, y permiso de
residencia o de residencia y trabajo.
b) Historial personal y/o formativo para el
que se seguirá el modelo de currículum europeo.
c) Documentación justificativa de la
experiencia laboral que se exija legalmente.
Duración
Tiene una duración aproximada de 5 meses,
aunque se pueden establecer plazos mayores en la convocatoria.
Fases del PEAC
Este procedimiento consta de tres fases
distintas:
Asesoramiento,
que será obligatorio. Se revisa la documentación aportada por el candidato
sobre su historial profesional y formativo y un asesor ayudará a
completarlo si es necesario. Se emitirá un informe orientativo con la
valoración del asesor sobre la conveniencia de que se pase a la 2ª fase.
Evaluación de la competencia profesional. La comisión de evaluación analizará
el informe del asesor y la documentación aportada por el aspirante. Cuando
en la fase de evaluación se compruebe que las evidencias no son
suficientes, se podrán realizar pruebas de competencias.
Acreditación.
Tras la última fase, a los candidatos/as que superen el proceso de
evaluación, se les expedirá una acreditación de cada una de las unidades
de competencia en las que hayan demostrado su competencia profesional y se
les asesorará sobre sus posibilidades.
¿Es necesario la realización de pruebas?
En algunos casos, sí. Cuando en la fase de
evaluación se compruebe que las evidencias no son suficientes, se deben
realizar pruebas de competencias en condiciones lo más reales posibles y
observaciones en el puesto de trabajo para comprobar aquellos aspectos que no
hayan quedado totalmente demostrados.
¿Cuándo se termine se dará un certificado
profesionalidad o un título de formación profesional?
Este procedimiento sólo acredita las
competencias profesionales. Si la persona candidata cumple los requisitos para
la obtención de un certificado de profesionalidad o de un título de formación
profesional podrá realizar los trámites necesarios para su obtención.
Si se trata de certificados de
profesionalidad deberá solicitar su expedición aportando la documentación
necesaria dirigida al Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo.
Tasas
Será necesario abonar una tasa única en la
fase de asesoramiento y por cada unidad de competencia en la de evaluación.